Staff Previsional asesorará a Ex Agentes de YPF sobre el cobro de la Reparación Económica alcanzados por la Ley 27133.
A tal fin la Dra. Sandra Partenio informará sobre el tema el Martes 29 de Noviembre en la Asociación Mutual Ex Agentes YPF, sita en la calle Salta 1285 (Barrio La Perla) de la ciudad de MAR DEL PLATA. Teléfono: 0223 474-5420
También atenderá en la ciudad de BAHÍA BLANCA los días 1 y 2 de Diciembre.
Le recordamos que Staff Previsional y su equipo continuará con su viaje programado para el 6 de Diciembre en COMODORO RIVADAVIA.
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
jueves, 24 de noviembre de 2016
martes, 22 de noviembre de 2016
Jubilados de Argentina: Nueva normativa para residentes en el exterior
Nota publicada en el Semanario "América Hoy" editado en Miami (Estados Unidos).
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
martes, 15 de noviembre de 2016
ATENCIÓN Ex Agentes de YPF
Para brindar información sobre el cobro de REPARACIÓN Económica, Sandra Partenio y el equipo de Staff Previsional darán una Charla informativa:
En RÍO GALLEGOS los días martes 15 y el miércoles 16 de noviembre a las 14 horas en el Centro de Jubilados de Servicios Públicos.
Durante el mes de Diciembre se repetirá la Reunión informativa sobre Reparación Económica y sobre REAJUSTES DE SENTENCIAS al Pago.
En COMODORO RIVADAVIA el día 6 de diciembre.
En CALETA OLIVIA y PICO TRUNCADO, los días 7 y 8 de diciembre.
Staff Previsional aprovecha la ocasión para recordarle que el 8 de DICIEMBRE se concretará la fiesta del cierre del año 2016. Se podrá concurrir solo con TARJETAS que se retiran en la Asociación Jubilados Jerárquicos Petroleros Privados.
Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
jueves, 10 de noviembre de 2016
Staff Previsional informa sobre Ley 27.260 de Reparación Histórica
Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios Internacionales
Desde agosto pasado se encuentra vigente en Argentina
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la Ley 27.260 que ofrece a los beneficiarios de jubilaciones
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y pensiones un programa de actualización para sus
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haberes, basado en fallos judiciales e índices de movilidad
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establecidos por Anses para fijar dicha reparación.
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Jubilados y pensionados que cobraron sus beneficios
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antes del mes de julio de 2016 podrán preguntar si están
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afectados a esta propuesta de reparación por la página
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web del Anses conforme lo estipula la misma y siguiendo
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sus indicaciones.
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Se excluye a los jubilados de leyes especiales, como por
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ejemplo: Poder judicial, Docentes, Servicio exterior y
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otros. También se excluye a la amas de casa con moratorias
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y quienes accedieron al beneficio jubilatorio a partir
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del año 2004 solicitando algún plan de regularización
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de deudas por no tener aportes durante 30 años y cobrar
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un beneficio de carácter contributivo. Este beneficio tampoco
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incluye a regímenes provinciales no adheridos a la
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Nación.
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Además podrán consultar aquellos que están en reclamo
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judicial iniciado antes del mes de mayo de 2016 sin tener
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a la fecha sentencia firme, es decir que aún se encuentren
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en etapa de apelación, ya sea por Anses o por la
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parte actora o ambas.
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Todos estos casos están incluidos en el sistema de
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Reparación Histórica que conforme la normativa intenta
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poner fin a los futuros reclamos de haberes ante la justicia.
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El tema a destacar en esta cuestión es como se verá
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reflejado en el cobro mensual una jubilación o pensión de
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viudedad, el aporte de 30 o más años de trabajo en relación
al cargo o categoría que revistió en su etapa activa el trabajador. | ||||
Debemos destacar que el artículo 14 bis incorporado a la
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Constitución Nacional de la República Argentina establece
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que los derechos de la Seguridad Social son parte
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de los derechos fundamentales de la Nación para con
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sus habitantes, estableciendo que las jubilaciones y pensiones
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serán móviles ....guardando la debida proporcionalidad
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entre la etapa activa del trabajador y su grupo
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familiar como la etapa de pasividad o jubilatoria. Así lo
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interpretó anteriormente la Corte Suprema de Justicia
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en el Fallo Sánchez - Badaro II, entre tantos otros.
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El mismo tribunal también impartió al estado que establezca
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pautas de aplicación de los mismos fallos a fin de
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y para evitar que no acaben en los tribunales todos aquellos
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que sintieran menoscabado su derecho a un haber
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jubilatorio digno.
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Esta pretensión debió plasmarse en la ley de Reparación
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Histórica actualmente en vigencia. Se arbitró un mecanismo
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de información y acceso vía web, bastante amplio
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y accesible.
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Lo más importante a considerar respecto a la propuesta
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del Anses es saber donde uno está posicionado para
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luego decidir en función de cada caso cuál será el beneficio
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de la aceptación voluntaria y posterior firma del
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acuerdo transaccional.
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Beneficiados serán los que no han hecho reclamo judicial
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hasta la fecha y se encuentran jubilados con 30 años
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y no más de aportes en relación de dependencia o autónomos
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que hayan cotizado a categorías máximas por al
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menos 15 años o más. Servicios mixtos (dependencia y
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autónomos) y también en Convenios Bilaterales de
Se intenta beneficiar a quienes han pagado mayores aportes y por mayor cantidad de años. | ||||
Para aquellos que han trabajado hasta 45 años (la cantidad
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máxima de aportes reconocida) y que tienen un plus
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mayor por haber excedido los 30 años mínimos exigidos
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para jubilarse, ahora podrán tener mayores beneficios
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que los ofrecidos por la Reparación Histórica.
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En los casos de Incapacidades que de por sí ya cobraban
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un 70% de sus haberes, también podrán considerar
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la propuesta. Sin descartar que al momento de cumplir
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los 65 años se podría reconsiderar el cálculo del beneficio
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a mejor, por la transformación del mismo a jubilación
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ordinaria.
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Lo importante es informarse y saber que estos derechos
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están plasmados como derechos fundamentales en la
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Carta Magna de la República Argentina, por lo tanto no
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prescriben y son de carácter irrenunciables. Este es un
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beneficio no contemplado en todas las Constituciones de
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los demás países, a tener presente en cuanto a los derechos
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sociales de cada uno, por estar así contemplado.
Ante todos estos tecnicismos deberán informarse antes de avanzar en cualquier toma de decisión. | ||||
Como es nuestro estilo reiteramos que cada persona
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tiene un historia y vida laboral única, diferente al resto de
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sus pares y debe tener un tratamiento profesional especial
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y sobre todo al momento de hacer el contrato de su
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jubilación con el sistema para saber acceder a los mayores
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beneficios posibles.
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Sandra Partenio es Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social
y Convenio Bilateral
info@staffprevisional.com.ar
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jueves, 3 de noviembre de 2016
Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México
Ahora también ARGENTINOS en
Miami, EEUU y México
Asesórese con Staff Previsional en Miami:
(786) 531-7437
Para que podamos darle una respuesta ágil en tiempo y forma le solicitamos que complete el Formulario en: www.staffprevisional.com.ar/contacto.html
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Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional
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