jueves, 24 de noviembre de 2016

Asesoramiento a Ex Agentes de YPF en Mar del Plata

Staff Previsional asesorará a Ex Agentes de YPF sobre el cobro de la Reparación Económica alcanzados por la Ley 27133.

A tal fin la Dra. Sandra Partenio informará sobre el tema el Martes 29 de Noviembre en la Asociación Mutual Ex Agentes YPF, sita en la calle Salta 1285 (Barrio La Perla) de la ciudad de MAR DEL PLATA. Teléfono: 0223 474-5420

También atenderá en la ciudad de BAHÍA BLANCA los días 1 y 2 de Diciembre.

Le recordamos que Staff Previsional y su equipo continuará con su viaje programado para el 6 de Diciembre en COMODORO RIVADAVIA.

Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

martes, 22 de noviembre de 2016

martes, 15 de noviembre de 2016

ATENCIÓN Ex Agentes de YPF

Para brindar información sobre el cobro de REPARACIÓN Económica, Sandra Partenio y el equipo de Staff Previsional darán una Charla informativa: 
En RÍO GALLEGOS los días martes 15 y el miércoles 16 de noviembre a las 14 horas en el Centro de Jubilados de Servicios Públicos.

Durante el mes de Diciembre se repetirá la Reunión informativa sobre Reparación Económica y sobre REAJUSTES DE SENTENCIAS al Pago.
En COMODORO RIVADAVIA el día 6 de diciembre.
En CALETA OLIVIA y PICO TRUNCADO, los días 7 y 8 de diciembre.

Staff Previsional aprovecha la ocasión para recordarle que el 8 de DICIEMBRE se concretará la fiesta del cierre del año 2016. Se podrá concurrir solo con TARJETAS que se retiran en la Asociación Jubilados Jerárquicos Petroleros Privados.

Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

jueves, 10 de noviembre de 2016

Staff Previsional informa sobre Ley 27.260 de Reparación Histórica

Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios Internacionales



Desde agosto pasado se encuentra vigente en Argentina

la Ley 27.260 que ofrece a los beneficiarios de jubilaciones

y pensiones un programa de actualización para sus

haberes, basado en fallos judiciales e índices de movilidad

establecidos por Anses para fijar dicha reparación.

Jubilados y pensionados que cobraron sus beneficios

antes del mes de julio de 2016 podrán preguntar si están

afectados a esta propuesta de reparación por la página

web del Anses conforme lo estipula la misma y siguiendo

sus indicaciones.


Se excluye a los jubilados de leyes especiales, como por

ejemplo: Poder judicial, Docentes, Servicio exterior y

otros. También se excluye a la amas de casa con moratorias

y quienes accedieron al beneficio jubilatorio a partir

del año 2004 solicitando algún plan de regularización

de deudas por no tener aportes durante 30 años y cobrar

un beneficio de carácter contributivo. Este beneficio tampoco

incluye a regímenes provinciales no adheridos a la

Nación.


Además podrán consultar aquellos que están en reclamo

judicial iniciado antes del mes de mayo de 2016 sin tener

a la fecha sentencia firme, es decir que aún se encuentren

en etapa de apelación, ya sea por Anses o por la

parte actora o ambas.

Todos estos casos están incluidos en el sistema de

Reparación Histórica que conforme la normativa intenta

poner fin a los futuros reclamos de haberes ante la justicia.

El tema a destacar en esta cuestión es como se verá

reflejado en el cobro mensual una jubilación o pensión de

viudedad, el aporte de 30 o más años de trabajo en relación
al cargo o categoría que revistió en su etapa activa el
trabajador.


Debemos destacar que el artículo 14 bis incorporado a la
Constitución Nacional de la República Argentina establece
que los derechos de la Seguridad Social son parte
de los derechos fundamentales de la Nación para con
sus habitantes, estableciendo que las jubilaciones y pensiones
serán móviles ....guardando la debida proporcionalidad
entre la etapa activa del trabajador y su grupo
familiar como la etapa de pasividad o jubilatoria. Así lo
interpretó anteriormente la Corte Suprema de Justicia
en el Fallo Sánchez - Badaro II, entre tantos otros.
El mismo tribunal también impartió al estado que establezca
pautas de aplicación de los mismos fallos a fin de
y para evitar que no acaben en los tribunales todos aquellos
que sintieran menoscabado su derecho a un haber
jubilatorio digno.

Esta pretensión debió plasmarse en la ley de Reparación
Histórica actualmente en vigencia. Se arbitró un mecanismo
de información y acceso vía web, bastante amplio
y accesible.

Lo más importante a considerar respecto a la propuesta
del Anses es saber donde uno está posicionado para
luego decidir en función de cada caso cuál será el beneficio
de la aceptación voluntaria y posterior firma del
acuerdo transaccional.

Beneficiados serán los que no han hecho reclamo judicial
hasta la fecha y se encuentran jubilados con 30 años
y no más de aportes en relación de dependencia o autónomos
que hayan cotizado a categorías máximas por al
menos 15 años o más. Servicios mixtos (dependencia y
autónomos) y también en Convenios Bilaterales de
Seguridad Social por iguales características. 
Se intenta beneficiar a quienes han pagado mayores aportes
y por 
mayor cantidad de años.                         


Para aquellos que han trabajado hasta 45 años (la cantidad
máxima de aportes reconocida) y que tienen un plus
mayor por haber excedido los 30 años mínimos exigidos
para jubilarse, ahora podrán tener mayores beneficios
que los ofrecidos por la Reparación Histórica.
En los casos de Incapacidades que de por sí ya cobraban
un 70% de sus haberes, también podrán considerar
la propuesta. Sin descartar que al momento de cumplir
los 65 años se podría reconsiderar el cálculo del beneficio
a mejor, por la transformación del mismo a jubilación
ordinaria. 
 


Lo importante es informarse y saber que estos derechos
están plasmados como derechos fundamentales en la
Carta Magna de la República Argentina, por lo tanto no
prescriben y son de carácter irrenunciables. Este es un
beneficio no contemplado en todas las Constituciones de
los demás países, a tener presente en cuanto a los derechos
sociales de cada uno, por estar así contemplado.
Ante todos estos tecnicismos deberán informarse antes
de avanzar en cualquier toma de decisión.
Como es nuestro estilo reiteramos que cada persona
tiene un historia y vida laboral única, diferente al resto de
sus pares y debe tener un tratamiento profesional especial
y sobre todo al momento de hacer el contrato de su
jubilación con el sistema para saber acceder a los mayores
beneficios posibles.

Sandra Partenio es Abogada argentina             
Especialista en Seguridad Social            
y Convenio Bilateral          
info@staffprevisional.com.ar



jueves, 3 de noviembre de 2016

Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México

Ahora también ARGENTINOS en Miami, EEUU y México


Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México

Asesórese con Staff Previsional en Miami:
(786) 531-7437

Para que podamos darle una respuesta ágil en tiempo y forma le solicitamos que complete el Formulario en: www.staffprevisional.com.ar/contacto.html


Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México
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Homenaje al Dr. Raúl Alfonsín en Miami

Staff Previsional: Gestión de Jubilaciones argentinas en Estados Unidos y México


Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional