jueves, 30 de junio de 2016

Avanza el Proyecto de Subir la Edad Jubilatoria

El debate por una nueva edad para jubilarse se da en la Argentina y el mundo
Mientras que sus defensores argumentan que a los 65 años se es joven y productivo, sus detractores dicen que atenta contra derechos fundamentales

Con este título Sebastián Hadida escribió una nota que publicó para el diario La Nación.
Reproducimos parte del contenido por considerar que es de sumo interés para las personas que se jubilarán en el futuro.

La NOTA completa la puede leer en el siguiente enlace:
http://www.lanacion.com.ar/1912554-el-debate-por-una-nueva-edad-para-jubilarse-se-da-en-la-argentina-y-el-mundo


"La sola mención de la posibilidad de elevar dos años más la edad jubilatoria pone los pelos de punta a los representantes sindicales, que no quieren saber nada con lo que -según apuntan- sería un avance sobre los derechos laborales.

Fuentes del Ministerio de Trabajo señalaron a LA NACIÓN que esta reforma (que elevaría a 67 años en el caso del hombre y a 62 en la mujer) no es una prioridad en la agenda inmediata del Gobierno, pero que "es un tema que se planteó" y que podría "estudiarse" más adelante."

Staff Previsional anuncia: Avanza el Proyecto de Subir la Edad Jubilatoria

Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

lunes, 13 de junio de 2016

Jubilaciones en Argentina para Argentinos residentes en España

Staff Previsional quiere recordarle la importancia de RELLENAR el Formulario que encontrará en el siguiente enlace, INDISPENSABLE para agilizar una respuesta a una Consulta sobre trámites en Argentina.
http://www.staffprevisional.com.ar/Formulario-DATOS-de-CONSULTA.doc

Rellenado el Formulario deberá enviarlo como adjunto al email: info@staffprevisional.com.ar o comunicarse al teléfono 934 124 682 los lunes, miércoles y y viernes de 10 a 13 hs. y los martes y jueves de 11 a 14 hs.

Más información ingresando a nuestra página: www.staffprevisional.com.ar


Dra. Sandra Partenio para Staff Previsional

domingo, 12 de junio de 2016

Staff Previsional brinda importantes consejos a Pensionados

Escribe la Dra. Sandra Partenio
Especialista en Seguridad Social Convenios 
Internacionales


Se nos acumulan consultas referidas a
cuestiones esenciales de las jubilaciones
argentinas que intentaremos contestar
esquemáticamente. Siempre os aconsejamos
que pidáis asesoramiento a los especialistas y no a un improvisado.

Comenzaré refiriéndome al derecho irrenunciable de percibir una pensión mínima.

En lo relativo al convenio bilateral entre España y Argentina y basados en el principio pro ratus, el total percibido nunca puede ser menor a la pensión mínima pactada entre ambos estados. 
El país donde se reside es el responsable de solventar el mínimo referido ya sea por medios o por complementos a mínimos.

Se da por entendido que un pensionado que vive con esa renta no debe ser perjudicado por el devenir de los vaivenes económicos. 
Existe el precepto que ningún pensionado con la pensión mínima, deberá cobrar menos de aquella cifra.

Respecto a la Moratoria Previsional que el estado argentino pusiera en marcha en 2014, diremos que finalizará el próximo 30 de setiembre del presente año el plazo previsto por dicha ley para solicitar su inclusión, por lo que si aún los interesados no hubieran solicitado los beneficios de la misma podrían hacerlo todavía hasta el próximo 30 de setiembre. Todas las personas que estén próximas a jubilarse podrán acceder este beneficio si se dan los requisitos detallados.

Las personas fallecidas también podrán transmitir la pensión de viudedad si hubieran estado con anterioridad inscritas al padrón de Autónomos del régimen argentino únicamente.

Aquellas personas que no teniendo la edad requerida para jubilarse al 30 de setiembre de 2016, pero que aún no reúnan los 30 años de 
aportes requeridos por el sistema jubilatorio argentino, podrán realizarlo mediante un expediente de reconocimiento de años de aportes o servicios, sumar los años faltantes y pagar mediante cuotas (hasta 60) que permite el "plan de regularización" y de esta manera utilizar los beneficios y hacer uso de las moratorias aún vigentes. Lo importante es destacar que una vez presentada toda la información, el formulario pide firmar en carácter de una declaración jurada todo lo manifestado.

Por este motivo, considero que se debe trabajar con mucha delicadeza y en profundidad cada caso. 

Toda una vida de trabajo no se puede simplificar en un turno de presentación de los formularios.

Esta es nuestra filosofía desde 1964.


Sandra Partenio es Abogada argentina
Especialista en Seguridad Social
Convenio Bilateral